Antecedentes y alcances El Polo de Biotecnología de Pilar fue creado por ordenanza municipal 55/10, promulgada por el intendente doctor Humberto Zúccaro el 26 de abril de ese año. El decreto 1479, del 18 de mayo de 2010, reglamentó la ordenanza y definió tanto las características de la promoción municipal como los requisitos para la radicación de empresas. El predio, de propiedad municipal, tiene una extensión aproximada de 26.000 m2 y capacidad para 9 empresas, con un promedio de 2.000 m2 por lote. El municipio otorga la concesión de uso gratuito por el término de treinta años, en los términos del régimen de inmuebles de dominio municipal y provincial vigente en jurisdicción bonaerense. Las empresas que se instalen quedarán eximidas de los tributos por servicios de inspección para habilitación de comercios e industrias y por inspección de seguridad e higiene, así como también por derechos de publicidad y propaganda y de construcción. Para radicarse, las empresas deben ser de origen nacional, tener por objeto la investigación, innovación y desarrollo biotecnológico y presentar en el área municipal competente un proyecto para el ingreso y la documentación que lo respalde. También deben contar con el dictamen técnico de una Universidad competente sobre si el proyecto presentado tiene efectivamente como finalidad la investigación y el desarrollo. Las compañías radicadas tendrán que delimitar la superficie que les sea asignada y confeccionar los planos de mensura y subdivisión. Podrán asimismo promover convenios de colaboración con entes públicos o privados cuyo objetivo y misión coincidan con los del Polo y deberán comprometerse a la divulgación científica, en el nivel local, de los proyectos en que se encuentren involucradas a través de los medios locales de comunicación.]]>