El concejal Gustavo Trindade presentó un proyecto de ordenanza para «Prohibir en el partido de Pilar, la comercialización y uso de elementos de pirotecnia con efecto audible o sonoro, clasificados como de venta libre». los productos mencionados son: Petardo, Fuente, Fogueta, Mortero, Mortero con bomba, Caña voladora con paracaídas.
Entre los considerados afirma: «Que en esta época del año reflota un debate sobre los usos de dichos elementos, con los debidos peligros que conlleva su utilización. Que se trata de elementos sonoros que son perjudiciales para la salud de amplios sectores de la población, entre los que podemos mencionar las personas que poseen sensibilidad auditiva, niños con TEA y TGD, adultos mayores, y las mascotas sufren de manera particular estas explosiones, en especial para impedir el uso de artículos que produzcan estruendos superiores a los 84 decibeles.»
Pone como ejemplo al Intendente de Escobar, Ariel Sujarchuk (FDT), que «envió un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante para regular comercialización y uso de pirotecnia sonora en el partido vecino y que la iniciativa fue aprobada por unanimidad de todos los bloques.»
Además, señala que «son más de 100 los distritos en el país que avanzaron en este tipo de iniciativas y ya se suman más de 25 distritos bonaerenses que restringen el uso de pirotecnia, según datos de la Asociación de Padres de Niños Autistas.»
Por otra parte, señala que «es parte del cambio cultural que vecinos vienen impulsando en todo el país y que cuando escuchamos que se gobierna con todos y para todos, no sea un slogan, sino un método de trabajo que consolide a una sociedad más integrada con los mismos derechos y oportunidades para todos.»
Para hacer efectiva la ordenanza explica como debe realizar el Poder Ejecutivo «el control especifico, la inspección periódica de todos los locales mayoristas y minoristas que comercialicen dichos productos y la consiguiente elaboración de un acta administrativa donde constará:
- La certificación y sello respectivo del registro nacional de Armas (RENAR) en todos los productos del rubro a comercializar;
- El control estricto de las medidas de seguridad establecidas por la mencionada ordenanza, respecto al stock y su lugar de depósito;
- Para los establecimientos de venta mayorista la constancia en cada factura de venta, del nombre del comprador y el destino de la compra (consumo o reventa) y la acreditación de la compra mediante remito o factura de la procedencia lícita de la mercadería y la constancia de inscripción del proveedor ante ANMAC.
- Para los establecimientos de venta minorista la comprobación de la habilitación del local para la comercialización de pirotecnia.»
También indica en el proyecto las posibles sanciones a aplicar en caso de «incumplimientos de la presente Ordenanza dará lugar a sanciones, previa acta labrado por la autoridad de aplicación municipal.
- a) Multa de pesos equivalente hasta cien (100) salarios mínimos de un agente municipal;
- b) Decomiso de los elementos probatorios de la infracción, y
- c) Si el infractor fuese comerciante, se trate de personas físicas o jurídicas y vendiere y/o mantuviere depósito y/o transportare artículos de los antes mencionados, se ordenará además la clausura del local comercial por término de 5 a 10 días si se tratare de la primera infracción.
- d) En caso de reincidencia la multa será del máximo previsto en el inciso “a” y la clausura se ordenará por un lapso de 30 (treinta) o 60 (sesenta) días, y
- e) A la tercera infracción clausura definitiva del local.»
REPUDIO A LA LEY DE ABORTO
El concejal presentó el Proyecto de resolución en el Concejo de Deliberante que busca repudiar el proyecto de ley que se tratará en el Congreso de la Nación donde se busca legalizar la interrupción del embarazo. Así lo fundamentó en la entrevista realizada ésta mañana. Además, presentó el tema musical que busca sumar herramientas para evitar que se apruebe la ley.